¿Puedo optar al plan PIVE si tengo un vehículo profesional?
Sí. El plan PIVE es extensible tanto a vehículos particulares como profesionales. Te explicamos cómo hacerlo y cuáles son
las condiciones para poder beneficiarte de ello.
Siempre y cuando tu vehículo profesional tenga más de 7 años, si eres autónomo o tienes una empresa y quieres cambiar tu vehículo o flota, podrás beneficiarte
de este plan que ya cumple 8 años.
Los vehículos que pueden acogerse a él, en el caso de ser para ejercicio profesional, son los siguientes:
- Profesionales autónomos dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE - Agencia Tributaria).
- Microempresas con menos de 10 empleados y cuya cifra anual de negocio no supere los 2 millones de euros.
- PYMES con menos de 250 trabajadores y con un importe neto de volumen de negocios inferior a los 50 millones de euros.
Asimismo, existen otras condiciones como:
- Que ninguno de los vehículos supere las 3,5 toneladas.
- Que los vehículos estén matriculados en España.
Así, si estás pensando en renovar la flota y cumples con estas condiciones, podrás percibir una ayuda económica de como mínimo 1.500€;
750€ dados por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, y otros 750€ que se descontarán en el punto de compra.
Para poder percibir esta ayuda económica tendrás que presentar:
- Certificado de Destrucción del vehículo.
- Justificante de la baja definitiva de la DGT del vehículo o los vehículos antiguos.
- Último recibo del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM o Impuesto de Circulación) actualizado cómo mínimo a 2014.
- ITV en vigor desde el mismo año al de la convocatoria del Plan.