Catástrofes naturales: seguros y reclamaciones al Consorcio

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¿Qué hacer ante catástrofes naturales? 

Las catástrofes naturales como inundaciones, vientos huracanados o nevadas causan generalmente graves daños materiales, afectando directamente a viviendas y bienes personales generando, al mismo tiempo, grandes daños emocionales. 

España se ha visto impactada por diferentes eventos climatológicos en la última década, desde episodios extremos como la borrasca Filomena hasta inundaciones devastadoras asociadas a las DANAs. En estos casos, conocer las coberturas de los seguros y los mecanismos para gestionar reclamaciones resulta fundamental para sentirse más seguro, minimizar el impacto económico y agilizar la recuperación. Es fundamental conocer también el papel del Consorcio de Compensación de Seguros en la indemnización de daños causados por estos fenómenos.

Ante una catástrofe natural, actuar de manera rápida y organizada puede marcar la diferencia para garantizar la seguridad de las personas, proteger los bienes y documentar los daños sufridos.

Medidas inmediatas de seguridad

La prioridad absoluta es salvaguardar la integridad de las personas, este es el objetivo hacia donde dirigiremos nuestras primeras acciones. 

En casos como inundaciones graves o deslizamientos de tierra, sigue las instrucciones de las autoridades y, en caso de recomendarse la evacuación, hazlo cuanto antes y dirígete a las zonas seguras establecidas. A la hora de abandonar la vivienda evita el uso de ascensores o el acceso a garajes y zonas subterráneas.

Si la situación lo permite, cortar los suministros puede minimizar los daños posteriores. Desconecta el gas, la electricidad y el agua para evitar incendios o cortocircuitos.

Si la evacuación no es posible o no está recomendada resguárdate en áreas protegidas de la vivienda, lejos de ventanas o zonas susceptibles de sufrir daños estructurales.

Y, ante todo, sigue las actualizaciones de las autoridades a través de medios oficiales y evita actuar basándote en rumores o informaciones no verificadas.

Documentación de los daños sufridos

A pesar de que son momentos de shock y tensión, es importante mentalizarse de que recopilar evidencias es fundamental para poder gestionar después las reclamaciones ante nuestra aseguradora o el Consorcio de Compensación de Seguros.

  • Fotografía y vídeo: captura imágenes y vídeos de todos los daños, incluyendo techos, paredes, muebles y electrodomésticos. Asegúrate de registrar tanto el alcance del daño como los detalles específicos.
  • Inventario de bienes dañados: haz una lista detallada de los objetos afectados, incluyendo su valor estimado y, si es posible, las facturas de compra.
  • Solicitud de informes oficiales: solicita certificados o informes que acrediten la catástrofe, como boletines meteorológicos o declaraciones de zona catastrófica.
     

Coberturas de los seguros frente a catástrofes naturales

El Seguro de Hogar es, generalmente, un seguro con cobertura de daños ocasionados por fenómenos atmosféricos. Sin embargo, las coberturas específicas pueden variar según el tipo de fenómeno, la declaración de zona catastrófica y la póliza contratada.

Inundaciones y daños por agua

Las inundaciones son uno de los fenómenos más devastadores asociados a catástrofes naturales, especialmente en eventos como una DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) que afectan frecuentemente a España y que hemos visto cómo en octubre de 2024 afectó a Valencia, causando inundaciones severas que produjeron daños significativos en propiedades y bienes personales.

Los Seguros de Hogar suelen incluir daños estructurales (reparación de paredes, techos o suelos afectados por el agua), daños en el Contenido (muebles, electrodomésticos y enseres) y Responsabilidad Civil (que da cobertura a posibles reclamaciones de terceros por daños ocasionados). Es importante destacar que, en casos de fenómenos extraordinarios como esta DANA, la gestión de las indemnizaciones corresponde al Consorcio de Compensación de Seguros y es fundamental consultar la información de ayuda actualizada para afectados por la DANA, que suele estar disponible en organismos oficiales y aseguradoras, para agilizar los trámites de reclamación y reparación.

Nevadas y daños por nieve

Las nevadas extremas, como las sufridas durante la borrasca Filomena, pueden causar serios perjuicios a viviendas y propiedades. Como en el caso de las inundaciones, dependiendo del alcance de los daños y las condiciones del contrato, la indemnización puede corresponder a la aseguradora o al Consorcio de Compensación de Seguros.

Por norma general, las coberturas relacionadas con daños por nieve suelen ser las siguientes:

  • Reparación de cubiertas: incluye daños en tejados, techos o terrazas provocados por el peso de la nieve acumulada.
  • Grietas y filtraciones: la póliza puede abarcar las reparaciones necesarias para solucionar filtraciones o daños estructurales derivados de las bajas temperaturas.
  • Daños en instalaciones externas: cubren destrozos en pérgolas, antenas, paneles solares o cualquier elemento exterior afectado por las condiciones meteorológicas.
  • Retirada de escombros: en situaciones graves, también puede incluirse la limpieza de restos tras el colapso de elementos afectados por el peso de la nieve.


Fuertes vientos y tempestades

Los temporales de viento, habituales en zonas costeras o durante épocas de inestabilidad atmosférica, pueden provocar daños materiales considerables y, como en los casos anteriores, cuando estos fenómenos derivan en la declaración de una zona catastrófica, la indemnización puede ser asumida por el Consorcio de Compensación de Seguros.

Frente a este tipo de fenómenos las coberturas más habituales son:

  • Reparación de elementos exteriores: los seguros suelen cubrir daños en ventanas, puertas, persianas y tejados afectados por ráfagas intensas.
  • Pérdidas en jardines: incluye la reposición de mobiliario de exterior, pérgolas, cercas o instalaciones destruidas por la caída de árboles o ramas así como daños por granizo en el jardín que afecten a plantas, muebles o estructuras externas.
  • Impacto de objetos desplazados: si el viento arrastra objetos que dañan vehículos, cristales o infraestructuras, es posible solicitar su reparación o sustitución.
  • Daños causados por lluvia acompañante: en algunos casos, las pólizas también consideran daños por agua cuando estos se producen junto con fuertes vientos.


Funcionamiento del Consorcio de Compensación de Seguros

El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública española que desempeña un papel clave en la indemnización de daños causados por catástrofes naturales. Cuando un evento supera las coberturas habituales de las aseguradoras, este organismo garantiza la protección económica de los asegurados.

¿Qué es y qué cubre el Consorcio

El Consorcio actúa como una aseguradora de último recurso para los bienes asegurados mediante pólizas que incluyan el recargo obligatorio destinado al Consorcio. En ese caso, garantizan que las personas afectadas por catástrofes extraordinarias reciban las compensaciones necesarias. Entre los fenómenos que cubre se encuentran:

  • Inundaciones extraordinarias: desbordamientos de ríos, acumulaciones excepcionales de agua por lluvias o fenómenos como una DANA.
  • Fenómenos atmosféricos extremos: incluye vientos con velocidades superiores a 120 km/h, tornados, tormentas ciclónicas atípicas y otros eventos similares.
  • Terremotos y maremotos: cubre daños a bienes y propiedades derivados de movimientos sísmicos y oleajes generados por ellos.
  • Erupciones volcánicas: protege contra los perjuicios materiales causados por emisiones de lava, cenizas o gases volcánicos.
  • Actos de terrorismo o motines: además de los fenómenos naturales, el Consorcio también cubre los daños ocasionados por disturbios o atentados.


Requisitos para acceder a sus indemnizaciones

Para que el Consorcio de Compensación de Seguros gestione una indemnización, es necesario cumplir con ciertos requisitos y procedimientos específicos. 

  1. Contar con una póliza de seguro activa: es imprescindible que el bien afectado (vivienda, vehículo, etc.) esté asegurado bajo una póliza válida y vigente que contemple el recargo obligatorio destinado al Consorcio. Este recargo se incluye de forma automática en la mayoría de los seguros estándar.
  2. Que el evento sea declarado como fenómeno extraordinario: el Consorcio solo interviene si el evento es reconocido oficialmente como extraordinario. Esto incluye fenómenos naturales severos, como los mencionados anteriormente o situaciones excepcionales como actos de terrorismo.
  3. Comunicación del daño en el plazo establecido: los afectados deben notificar al Consorcio los daños sufridos dentro de un plazo razonable, generalmente no superior a siete días desde que se produce el siniestro.
  4. Justificación documental: es necesario presentar pruebas de los daños, como fotografías, vídeos y facturas, así como informes de las autoridades competentes: boletines meteorológicos o declaraciones de zona catastrófica.
  5. Exclusión de dolo o negligencia: la indemnización no se otorgará si se demuestra que los daños fueron causados intencionadamente o por falta de mantenimiento adecuado de los bienes afectados.

Procedimiento para reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros 

Realizar una reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros requiere seguir un proceso estructurado y reunir la documentación adecuada. Este procedimiento garantiza que los afectados puedan obtener la indemnización correspondiente de forma efectiva y en el menor tiempo posible.

Pasos para presentar una reclamación 

  1. Notificación del siniestro: el primer paso es comunicar el daño al Consorcio. 
    • Llamada telefónica: en el número habilitado específicamente para la recepción de siniestros.
    • Portal web del Consorcio: a través de su plataforma digital, donde se puede rellenar un formulario online.
    • Correo postal o presencialmente: en casos menos frecuentes, se puede enviar una solicitud por correo o acudir a una de sus oficinas.
  2. Identificación del asegurado: es imprescindible proporcionar los datos personales del titular de la póliza, incluyendo:
    • Nombre completo y DNI o NIE.
    • Datos de contacto (teléfono y correo electrónico).
    • Número de póliza y nombre de la aseguradora.
  3. Descripción detallada de los daños: en la reclamación, se debe especificar el tipo de daño sufrido, el lugar exacto del siniestro y las circunstancias en las que ocurrieron los hechos.
  4. Evaluación preliminar: una vez recibida la notificación, el Consorcio asignará un perito encargado de evaluar el alcance de los daños. Este profesional inspeccionará el lugar afectado y verificará la documentación presentada para determinar el importe de la indemnización.
  5. Resolución e indemnización: tras la evaluación del perito, el Consorcio emite una resolución aprobando o denegando la reclamación. En caso de aprobación, el pago de la indemnización se realiza mediante transferencia bancaria al titular de la póliza.


Recomendaciones para agilizar el proceso

Usualmente, en los casos en los que se precisa la actuación del Consorcio, el número de reclamaciones recibidas en el mismo espacio de tiempo suele ser muy alto, por lo que deberemos tener en cuenta ciertas recomendaciones básicas. 

Es fundamental realizar la reclamación lo antes posible con la mayor cantidad de pruebas y documentos que podamos aportar. Asegúrate de que el lugar afectado esté disponible cuando se requiera la inspección del perito y proporciónale toda la información adicional que pueda resultar útil en su revisión. 

Por último, ten en cuenta que el Consorcio cuenta con herramientas online y atención telefónica para que los asegurados puedan realizar el seguimiento del estado de su solicitud en cualquier momento.


Documentación necesaria para la solicitud

  1. Datos identificativos del asegurado:
    • Copia del DNI, NIE o pasaporte del titular de la póliza.
    • Información de contacto actualizada (teléfono y correo electrónico).
  2. Información de la póliza:
    • Número de la póliza de seguro afectada.
    • Comprobante de que la póliza estaba activa en el momento del siniestro.
    • Certificado del recargo al Consorcio, que puede ser solicitado a la aseguradora en caso de duda.
  3. Descripción del siniestro:
    • Relación detallada de los hechos que provocaron los daños.
    • Fecha y lugar exactos del evento extraordinario.
    • Informes emitidos por autoridades o entidades oficiales, como boletines meteorológicos o declaraciones de zona catastrófica.
  4. Evidencias de los daños sufridos:
    • Fotografías y vídeos de los daños ocasionados en la vivienda, vehículos u otros bienes asegurados.
    • Facturas o comprobantes de compra de los objetos dañados.
    • Inventario detallado de los bienes afectados, indicando su valor aproximado.
  5. Cuenta bancaria del titular de la póliza.
  6. Informe pericial (si corresponde): si ya se ha realizado una evaluación previa por parte de un perito de la aseguradora, es recomendable adjuntar su informe para complementar la reclamación.
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