¿Hay que tener carnet para circular con un patinete eléctrico?

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¿Qué es un patinete eléctrico? Características y condiciones para circular

La movilidad está cambiando. No solo desde el punto de vista de la sostenibilidad con la apuesta desde las propias normativas por el uso de vehículos menos contaminantes, sino también desde las necesidades individuales para los desplazamientos. Los patinetes llegaron hace escasos años a nosotros, pero su popularidad se ha disparado de tal manera que cuentan incluso con una regulación. Hoy nos centramos en dar respuesta a una nueva duda que está surgiendo: ¿se necesita un carnet de patinete eléctrico para circular?

Para poder responder a si hay que contar con un carnet de patinete eléctrico, primero debemos tener bien claro a qué vehículos se les considera como tales. 
Tanto si son una propiedad privada como si están disponibles para ser compartidos a través de alguna empresa o aplicación, el patinete figura en la categoría de vehículos de movilidad personal (VMP)

Si bien en sus inicios eran una opción puntual para algunas personas, su uso se fue incrementando. Hoy la cifra ya supera los 700 mil patinetes eléctricos en nuestro país, de acuerdo con la Federación Española de Vehículos de Movilidad Personal y todo apunta a que, más pronto que tarde, se superará el millón de unidades en las calles. 

Dado que no existía una normativa al respecto, en 2020 se registraron ocho personas fallecidas, de las que siete se encontraban en vías urbanas y otra en una interurbana (donde su uso está prohibido). De cara a incrementar la seguridad para toda la ciudadanía, Tráfico tomó medidas y endureció las condiciones para poder circular con un patinete

De acuerdo con la Dirección General de Tráfico, el patinete eléctrico y demás vehículos de movilidad personal son aquellos de una o más ruedas y una única plaza, que utilizan un motor eléctrico para propulsarse y que tienen una velocidad máxima entre 6 y 25 km/h. En el caso de que tengan un sistema de autoequilibrado, podrán ir equipados con un sillón o asiento. Algunos van equipados con baterías de hasta 100 VCC y llevan un cargador de hasta 240 VCA de entrada. 

Diferencias entre patinete eléctrico y ciclomotor

Aquellos vehículos que no entran dentro de la descripción anterior pasan a ser considerados ciclomotores. No obstante, el Real Decreto 2822/1998, del 23 de diciembre, que aprobó el Reglamento General de Vehículos (Anexo II) y que se modificó recientemente por el Real Decreto 970/2020, del 10 de noviembre, establece las diferencias con claridad. 

Patinete eléctrico, ¿necesitas carnet?

Los ciclomotores pueden pertenecer a la categoría L1e-B o L1E-A. En la primera se encuentran los ciclomotores de dos ruedas, que llevan un motor de cilindrada igual o inferior a 50 cm³ en combustión interna y una velocidad máxima de 45 km/h. La segunda opción corresponde a los llamados ciclos de motor. 

Por el contrario, los vehículos de movilidad personal tienen la descripción indicada. Velocidad entre 6 y 25 km/h, una sola plaza y una o más ruedas. Por ahora, solo los ciclomotores son los que necesitan un permiso de conducción, en concreto una licencia AM. De no contar con esta, se incurre en un delito, que viene registrado en el artículo 384 del Código Penal. 

Mientras no se modifique la normativa, no es necesario el carnet de patinete eléctrico. Sin embargo, sí ha pasado a ser obligatorio un certificado de circulación que deberán tener todos los patinetes si quieres circular por la vía pública. La finalidad de esta certificación es garantizar que el vehículo cumple con los requisitos técnicos exigidos nacional e internacionalmente. Los expiden los fabricantes y las empresas de importación, pero lo aprueba la DGT. 

¿Cuándo será obligatorio el certificado como equivalente al carnet de patinete eléctrico?

El 22 de enero de 2023 (un año después de la publicación en el BOE de la Resolución de 12 de enero de 2022 de la Dirección General de Tráfico, por la que se aprueba el Manual de características de los Vehículos de Movilidad Personal), entró en vigor la obligatoriedad de disponer de un certificado VMP de serie, que solicitarían los fabricantes a la DGT. 

Un año después, el 22 de enero de 2024, ya es requisito indispensable para poder comercializar los patinetes. Con este proceso de certificación de VMP, la persona titular de la marca o la representante obtendrá un número de certificado que será el que garantiza que el patinete o equivalente cumple con los requisitos establecidos para entrar en esa categoría. Y este número podrá ser inscrito en cada vehículo que sea del modelo y la versión mencionados. 

De este modo, quienes adquieran un patinete a partir de esa fecha, no deberán realizar ningún trámite porque su vehículo de movilidad personal ya vendrá con el número del certificado integrado en la estructura. 

Pero la normativa no queda aquí. Aunque tampoco afecta a la necesidad del carnet para patinete eléctrico, sí lo hace a la posibilidad de circular. Desde el 22 de enero de 2027, solo podrán circular por la vía pública los patinetes que estén en posesión del certificado, y que se mostrará en una placa informativa. 

En otras palabras, los que hayan sido fabricados antes del 2024, podrán seguir circulando sin el número, pero los nuevos deberán traerlo. Y desde el 2027, todos los que circulen deberán contar con el número visible en su placa identificativa. 

Otros aspectos a tener en cuenta más allá del carnet de patinete eléctrico

Ahora que tenemos claro que, por ahora, no es necesario disponer de un carnet de patinete eléctrico, sí hay otras obligaciones que como usuarios se deben tener en cuenta en la movilidad en patinete. Son las siguientes:

  • Obligatoriedad en el uso del casco. 
  • Seguro. Si bien todavía no es obligatorio un seguro para circular, sí se recomienda contar con un seguro personal de accidentes para patinete eléctrico.
  • Prohibición de circular en aceras, zonas peatonales, túneles urbanos, vías interurbanas, autopistas, autovías y travesías.
  • Uso unipersonal.
  • Misma tasa máxima de alcoholemia que para el resto de los vehículos y prohibición de la conducción bajo los efectos de las drogas.
  • Prohibición del uso del móvil y auriculares.


Si deseas más información sobre el carnet de patinete eléctrico o las condiciones para circular, ¡contacta con Línea Directa!

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