Fallecimiento, eutanasia e incineración: qué cubren los Seguros de Mascotas

La protección más completa para tu mascota.

Contrata tu seguro online

 ¿Qué gastos cubren los Seguros de Mascotas en caso de fallecimiento?

El fallecimiento de una mascota puede implicar tanto un impacto emocional como determinados gastos inesperados. 

Por eso, el Seguro de Mascotas Completo de Línea Directa incluye la cobertura de asistencia a las mascotas. Esta cobertura contempla una compensación económica cuando la muerte se produce como consecuencia de un accidente o atropello, ayudándote a afrontar esta situación.

Diferencia entre fallecimiento por accidente y por causa natural

El fallecimiento por accidente incluye situaciones como atropellos, golpes, caídas o cualquier hecho inesperado que provoque la muerte de la mascota.
En estos casos, el seguro ofrece una compensación económica, porque se considera un evento fortuito y ajeno al tutor.

El fallecimiento por causa natural incluye enfermedades, envejecimiento, patologías crónicas o cualquier proceso biológico que lleve al final de la vida del animal. Aquí no hay indemnización económica, porque no se considera un evento accidental.

En estos casos, el seguro puede ayudar con determinados gastos relacionados con el final de la vida de la mascota, como:

  • Eutanasia cuando el veterinario determina que es necesaria.
  • Incineración o entierro, con reembolso de hasta 100 € por anualidad del seguro.

 

Importe cubierto aproximado

  • Hasta 1.000 € si el cliente aporta la factura de compra de la mascota o el documento de adopción.
  • 300 € si no dispone de la factura.

 

Eutanasia: cuándo y cómo se cubre

En determinadas circunstancias, puede ser necesario recurrir a la eutanasia para evitar el sufrimiento de la mascota. Cuando un veterinario determina que existe una enfermedad incurable o un accidente grave que justifica esta medida, el seguro contempla cobertura para este servicio dentro de los límites establecidos.

Límites y carencias:

  • Hasta 100 € por anualidad del seguro.
  • Carencia de 3 meses si la eutanasia se debe a accidente.
  • Carencia de 6 meses si se debe a enfermedad.

 

Incineración de la mascota

Tras el fallecimiento de una mascota también pueden surgir gastos relacionados con su despedida. Por ello, el seguro contempla la cobertura de los gastos de entierro o incineración cuando la muerte se produce por enfermedad sobrevenida, accidente o atropello.

Cómo se gestiona el trámite

Para solicitar el reembolso, es necesario aportar la factura del servicio realizado y la cartilla sanitaria actualizada de la mascota. Disponer de esta documentación facilitará la gestión de la solicitud.

Documentación necesaria

  • Factura del servicio de incineración o entierro.
  • Cartilla sanitaria actualizada.
  • Informe veterinario cuando el fallecimiento sea por accidente.

Preguntas frecuentes sobre esta cobertura

  • ¿Cubre el fallecimiento por enfermedad? Aunque no existe indemnización económica por fallecimiento, el seguro sí contempla la cobertura de servicios como la eutanasia o la incineración, en las condiciones previstas en la póliza.
  • ¿Hay carencias? Sí. 3 meses para fallecimiento por accidente y eutanasia por accidente; y 6 meses para eutanasia por enfermedad.
  • ¿Qué límite económico tiene la incineración? Hasta 100 € por anualidad del seguro.
  • ¿Qué necesito para pedir el reembolso? Factura, cartilla sanitaria actualizada y, si aplica, informe veterinario.
Compartir este artículo
 

Otros artículos sobre Seguros de Mascotas

En nuestra sección de Ayuda podrás encontrar toda la información sobre el Seguro de Mascotas, sus coberturas, ventajas y servicios