Básicamente todo aquel que sea dueño de un inmueble, con algunas exenciones como:
Es un impuesto local, por lo que el pago y la gestión está delegado en los ayuntamientos a los que están asociados los inmuebles. Esta es una de las principales fuentes de ingresos para los consistorios de todas las ciudades y pueblos de nuestro país.
La fórmula varía en función del tipo de inmueble. Para inmuebles urbanos por ejemplo, sería el valor catastral del inmueble aplicándole un porcentaje que varía entre el 0,4% y el 1,3%.
La diferencia entre el IBI que se paga en Madrid, al que habría que pagar en un pueblo de la Comunidad Madrileña, por ejemplo, depende de los servicios públicos que ofrezca el ayuntamiento de la localidad.
Cada 10 años los municipios deben revisar el valor catastral de todos los inmuebles de la localidad y en base a los siguientes criterios, entre otros:
En base a ello, lo más habitual es que la valoración sea siempre al alza y se convierta en subidas en el impuesto. Y por eso, hay municipios, como el de Madrid que aplican coeficientes reductores, para que el impacto sea menor.
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