En teoría, la titularidad del seguro del vehículo no se puede cambiar de una persona física a otra a menos que se produzca un fallecimiento. Sin embargo, hay determinadas situaciones en las que sí es posible realizar un traspaso de seguro o un cambio en las condiciones de la póliza. Los motivos más habituales para hacerlo suelen ser los siguientes:
Efectuar un cambio de título de tu coche o moto no siempre se realiza de la misma forma, sino que el procedimiento y la documentación depende del motivo por el que se plantee. Si quieres proceder al cambio de titularidad porque has vendido el vehículo, estos son los pasos que debes seguir:
Otra situación que puede darse es que vendas tu moto, pero te interese mantener la misma póliza para cuando compres una nueva. En este caso, si ya tienes la moto nueva, la compañía solo hará una valoración sobre las características de la moto para ajustarla.
Pero, si todavía no tienes moto nueva, las aseguradoras tienen la opción de “guardar” la parte correspondiente al pago anual que no hayas disfrutado y te la descontarán de la póliza que contrates cuando tengas el vehículo nuevo.
Hay que distinguir dos conceptos: no es lo mismo el titular del vehículo que el tomador del seguro. El tomador del seguro es la persona que suscribe el contrato con la aseguradora y que se hace cargo del pago de las cuotas. En cambio, el propietario del vehículo es el titular del vehículo. Pero, legalmente, no es necesario que el seguro esté a nombre del titular. Eso sí, en caso de que el vehículo no cuente con el seguro de Responsabilidad Civil, la sanción será para el propietario.
Por este motivo, en Línea Directa siempre recomendamos que, si se produce la venta del vehículo, se comunique lo antes posible para que podamos informar sobre todas las opciones en función de quién sea el tomador del seguro y qué quiera hacer de cara al futuro.
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