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¿Qué hago si me llega una multa?

En el mismo instante en el que un conductor comete la infracción de tráfico, el agente debe realizar la notificación pertinente de multa. Pero hay casos, en los que esto no es posible y ni nos enteramos de que hemos sido sancionados, como puede ser en el caso de exceso de velocidad detectado por radar.

¿Qué hago si me llega una multa?

Las administraciones envían por correo certificado la notificación de multas, pero sino se recogen, se procede a publicarla en los Boletines Oficiales y en Tablón Edictal de Sanciones de Trafico, TESTRA . En el caso de estar dado de alta en el servicio de Dirección Electrónica Vial, DEV, se informará de forma online de la multa a través de este buzón electrónico.

Pagar o recurrir la multa

De forma muy resumida se puede decir que tenemos dos opciones desde que se recibe la notificación:

  • Si se asume culpa, es cuestión de abonar la multa en el plazo de 20 días naturales, beneficiándonos de la reducción del 50%. En este caso se pierde derecho a presentar recurso.
  • En el supuesto de no estar de acuerdo, se debe iniciar el procedimiento de reclamación, aportando pruebas que indiquen que la sanción es inválida. Una vez presentado habrá que esperar resolución. Si la respuesta es desfavorable, se puede seguir reclamando pero ya por la vía contencioso-administrativo, es decir, en los Tribunales. Para ello, es probable que se necesite un abogado, por lo que hay sopesar bien si merece la pena.

Si eres cliente de Línea Directa y tienes incluido el servicio de gestión de multas, nosotros nos ocupamos de todo por ti: desde avisar al asegurado de que tiene una multa pendiente, ofrecer asesoramiento telefónico de nuestros especialistas y, si fuera necesario, recurrirla en tu nombre.

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