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¿Cuándo necesito un certificado energético?
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Desde junio de 2013 todo propietario que quiera vender o alquilar su vivienda, construida antes de 2007, debe contar con el certificado de eficiencia energética.
Este documento debe ser entregado al comprador o, en caso de alquiler, adjuntar una copia del mismo al contrato con el nuevo inquilino.
En el caso de viviendas de nueva construcción, es obligatorio para el promotor, expedir y registrar el certificado energético del inmueble.
Ahora bien, existen algunas excepciones que debemos tener en cuenta:
- Si el piso está alquilado menos de cuatro meses al año, no es obligatorio realizar el certificado.
- Si se trata de edificación aislada de menos de 50 m2 útiles. Por ejemplo, una construcción en una finca o terreno lejano a una población.
- Los trasteros y garajes tampoco precisan de certificado al ser considerados zonas no habitables.
- En caso de comprar una vivienda o edificio, considerado por su valor arquitectónico o histórico, monumento protegido oficialmente, no se necesitará certificado energético.
Conseguir el certificado energético es relativamente sencillo y el precio, al no existir tarifas oficiales, dependerá en gran medida de la localización y tamaño de la vivienda.
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