¿Qué gastos supone la compraventa de una casa?

¿Qué gastos supone la compraventa de una casa?

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A la hora de comprar o vender una vivienda se comete el “error” de contemplar como gasto, exclusivamente, el importe del inmueble, encontrándonos con la sorpresa de una serie de extras que nos descuadra el presupuesto por completo.

Tanto comprar como vender una casa conlleva unos gastos asociados que pueden alcanzar entre el 10 % y el 12 % del precio de la compra, cantidad suficientemente importante como para tenerla en cuenta desde el principio en nuestro presupuesto.

¿Qué gastos supone la compraventa de una casa?

La ley establece qué gastos competen al vendedor y al comprador, pero entre ellos se pueden realizar pactos que pueden variar lo estipulado.

Gastos del vendedor

  • Si el inmueble estuviera aún con hipoteca, se deberán contemplar los gastos derivados de la cancelación de la misma. Calcula en torno al 2 % - 3 % del total del préstamo concedido.
  • Impuesto de plusvalía: cada Comunidad Autónoma fija su propio porcentaje, aunque la ley marca unos máximos y unos mínimos. Este impuesto tiene en cuenta el valor catastral y el de los años transcurridos desde la última transmisión.
  • El impuesto del IBI del año en curso.
  • Si has contratado los servicios de algún agente inmobiliario, incluye sus honorarios en esta partida de gastos.

 

Gastos del comprador

  • El importe acordado para la compra de la vivienda.
  • Gastos de la escritura de la hipoteca en el caso de solicitar financiación al banco.
  • Posibles gastos asociados a productos vinculados a la hipoteca tales como Seguro del Hogar, seguro de vida, comisiones de apertura del préstamo, etc.
  • Impuestos:
    • En caso de vivienda nueva: se abona el 10 % de IVA.
    • En caso de vivienda de segunda mano: se abona el ITP (impuesto sobre transmisiones patrimoniales). La media en España está en un 8 %, pero este porcentaje varía en cada comunidad.
  • Los gastos notariales por la elaboración de la escritura pública así como las copias.
  • Los gastos de la inscripción en el Registro de la Propiedad.
  • Al igual que en el caso del vendedor, si hubieras utilizado los servicios de algún agente, incluye el gasto de la comisión acordada.


Ahora, ¡ya eres propietario de tu nueva vivienda!, por lo que ya solo te queda cambiar los suministros de titular e informar del cambio de domicilio para seguir recibiendo tu correspondencia.

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