¿Qué pasa si circulas en moto en una calle peatonal?

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¿Puede circular una moto en una calle peatonal?

Una calle peatonal es una vía por la que solo pueden circular los peatones, impidiendo así el paso de coches, furgonetas y otro tipo de vehículos. Pero, ¿qué sucede en el caso de las motos? El Reglamento General de Circulación especifica claramente que los vehículos no pueden transitar por vías peatonales, incluyendo las motos. Ahora bien, ¿se mantiene esta regla en el caso de que un motorista sea residente en dicha zona? Y, a la hora de aparcar, ¿hay alguna normativa específica? Respondemos a estas cuestiones a lo largo de este artículo.
La respuesta rápida y general a esta pregunta es que no. Las motos, al igual que el resto de vehículos, no tienen permitida la circulación por las zonas peatonales. Sin embargo, hay algunas situaciones en las que ciertos vehículos circulan por estas vías. 
Si atendemos a la Ley de Seguridad Vial, explica que los conductores tienen preferencia sobre los peatones, excepto en las zonas peatonales, en las que, cuando el vehículo las cruce, el conductor debe dejar pasar a los peatones que ya estén transitando en ellas. Cabe destacar que esto no significa que cualquier vehículo pueda acceder y circular libremente por las vías peatonales. 
Generalmente, la única excepción que hay para circular por una calle peatonal es ser residente en la misma. En ese caso, es fundamental solicitar la autorización correspondiente en el ayuntamiento, que es quien debe autorizar el coche o la moto de la persona empadronada allí. 

Circular en moto por calle peatonal

¿Cómo puedo pedir la autorización para circular en una calle peatonal

Como hemos comentado, las personas que estén empadronadas en una vía peatonal pueden enviar una solicitud formal al ayuntamiento en cuestión para solicitar la autorización para circular por las mismas. Por lo tanto, los requisitos de dicha solicitud los define cada entidad local. Lo más habitual es adjuntar una fotocopia del permiso de circulación del vehículo, que debe estar a nombre de la persona empadronada en esa calle. 
En caso de que el ayuntamiento acepte la solicitud, lo más frecuente es que ese vehículo registrado pueda circular en la zona peatonal para acceder al garaje. Además, puede haber algunos ayuntamientos que limiten el horario o los días en los que se puede circular por estas vías. En cualquier caso, siempre es recomendable consultar la ordenanza municipal, puesto que es en ella donde se reflejan los límites y excepciones. 

¿Dónde no pueden circular las motocicletas?

La circulación de las motos depende del tipo de vía por la que estén transitando. En general, las motos deben circular por la parte central del carril. Si van a adelantar a otro vehículo, deberán hacerlo siempre y cuando se hayan pasado por completo al carril izquierdo y manteniendo una distancia mínima de seguridad de 1,5 metros con respecto al vehículo al que están adelantando. 
Asimismo, si pasamos cerca de un vehículo, siempre es más recomendable situarse en la parte izquierda del carril, para que el conductor pueda ver que hay una moto por el retrovisor. 
En cambio, las motos no pueden circular por vías peatonales ni por los carriles bus-VAO, a menos que estén autorizadas. En el caso de la circulación por el arcén, está prohibido para las motos, salvo en las siguientes circunstancias:

  • Si la moto tiene alguna avería que impida o dificulte su circulación, hasta que pueda parar de forma segura. 
  • Si hay una densidad de tráfico alta y, en las salidas de las vías, uno de los carriles puede separarse en dos. 
  • En caso de que haya obras en una vía, o cuando hay mucho tráfico, y se definen carriles adicionales en el mismo sentido de la marcha. 

Una de las situaciones más comunes cuando hay congestión de tráfico es ver a los motoristas avanzando por el arcén con el objetivo de adelantar y evitar el tráfico. En esta misma línea, diversas asociaciones de motoristas han solicitado a la Dirección General de Tráfico (DGT) la modificación del reglamento de circulación para que admita esta posibilidad. Sin embargo, pese a la predisposición inicial de hacerlo, la DGT todavía no ha cambiado dicha normativa. Por lo tanto, los motoristas solo pueden circular por el arcén en los casos anteriormente mencionados. 

¿Puedo aparcar mi moto en una calle peatonal?

Esta es otra de las principales dudas que tienen muchos motoristas en los grandes núcleos urbanos. Las motos, por norma general, deben aparcarse en las zonas habilitadas para ello. Sin embargo, en los casos en los que no haya aparcamientos para motos, es competencia de cada ayuntamiento decidir la normativa sobre la posibilidad de aparcar en las calles peatonales y, en general, en las aceras. De hecho, la propia Ley de Seguridad Vial prohíbe expresamente el aparcamiento de motos sobre aceras, paseos y zonas destinadas al paso de peatones. 
En el caso de ciudades como Madrid o Sevilla, por ejemplo, no se puede aparcar la moto en calles que tengan prioridad peatonal o que sean, directamente, exclusivas para viandantes, a menos que haya alguna señal que indique lo contrario. Otras ciudades, como Bilbao, prohíben el aparcamiento de motos en la acera en cualquier situación. 

Sanciones por circular o aparcar la moto en una vía peatonal

La prohibición de transitar o aparcar la moto en calles peatonales es generalizada en la mayor parte de las ciudades españolas. Por lo tanto, los motoristas que infrinjan dicha normativa se arriesgan a sanciones de hasta 200 euros. Así lo establece la Dirección General de Tráfico, que asegura que los únicos vehículos que tienen permitido circular por estas vías son los monopatines, patines u otros similares que circulen a la misma velocidad que las personas. Es decir, tampoco los patinetes eléctricos pueden transitar por las calles peatonales. 
En cualquier caso, lo ideal es consultar la ordenanza de movilidad que haya sido aprobada por el consistorio local en cuestión, para confirmar si esta normativa se mantiene o si hay alguna particularidad concreta. 
Si vas a conducir una moto, lo primero que debes hacer, siempre, es asegurarla. En Línea Directa te ayudamos a calcular el Seguro de la Moto para que disfrutes de todas las coberturas que necesitas y puedas moverte con tranquilidad. Una vez hecho eso, solo tendrás que preocuparte por respetar la normativa vial y de disfrutar del viaje.

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