El asegurado podrá reducir tiempos de espera con los tratamientos médicos que requiera tras un siniestro.
Este tratamiento se ofrece de manera gratuita, tanto a ti como conductor como a los ocupantes legítimos de tu vehículo asegurado que resulten lesionados en un accidente de tráfico, seas o no responsable del mismo.
Además, Línea Directa pone a tu disposición una red de asistencia completa y propia para que los damnificados puedan ser tratados de forma completa, personalizada e integral.
Con este tipo de tratamiento médico que ofrece Línea Directa, tienes la posibilidad de disfrutar de una serie de ventajas que redundan siempre en tu beneficio. Estas ventajas tienen que ver, sobre todo, con la mayor celeridad en el tratamiento de lesiones y en la rehabilitación, con la disposición completa y cercana de profesionales de altísima calidad y de centros médicos de referencia a nivel nacional.
En Linea Directa tienes la posibilidad de calcular el Seguro de Coche y conocer la red de asistencia completa y propia para que los damnificados puedan ser tratados de forma completa, personalizada e integral.
¿Qué es la cobertura de gastos médicos?
Es una cobertura exclusiva de Línea Directa por la que se ofrece la mejor Atención Sanitaria en centros de reconocido prestigio, con menos esperas y con los mejores profesionales.
¿Que incluye esta cobertura?
En caso de lesiones sufridas por el conductor o por cualquiera de los ocupantes legítimos del vehículo asegurado, que solo requieran tratamiento ambulatorio, Línea Directa cubrirá el coste de las pruebas diagnósticas, consultas de especialistas y rehabilitación complementaria durante los 365 días siguientes a la fecha de ocurrencia del accidente.
La asistencia será proporcionada por los profesionales sanitarios concertados por Línea Directa, siendo un servicio de carácter complementario respecto a las prestaciones garantizadas por la modalidad de ocupantes.
Se cubrirá también la asistencia psicológica del conductor o de cualquiera de los ocupantes que hubieran resultado lesionados, siempre que haya sido ingreso hospitalario. También se prestará asistencia a los familiares hasta segundo grado de consanguinidad en caso de fallecimiento del conductor o de cualquiera de los ocupantes del vehículo asegurado hasta un máximo de 365 días desde la sucesión del accidente.